Seguros de Accidentes
Cubre los riesgos referentes a su integridad física, cuando su causa es un accidente, definido este como la lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca la muerte, o la invalidez temporal o permanente.
Las garantías que pueden incluirse en una póliza de accidentes corporales son las siguientes:
· Indemnización en caso de muerte: Si el accidente tiene como consecuencia la muerte del asegurado y el riesgo no está excluido en la póliza, el asegurador pagará el capital asegurado al beneficiario o beneficiarios designados por el tomador del seguro.
· Invalidez permanente: Si el accidente origina la invalidez permanente del asegurado, el asegurador abonará la indemnización pactada en la póliza. La invalidez derivada del accidente puede ser total o parcial:
· Invalidez permanente total: En este caso, la prestación será el 100% del capital que figure en la póliza.
· Invalidez permanente parcial: En este caso, la prestación se reducirá sobre el total del capital asegurado en la proporción que figure en el baremo de indemnizaciones incluido en la póliza, y que puede ser diferente en cada entidad.
· Invalidez temporal: Si el accidente sufrido por el asegurado le produce una incapacidad para atender a sus ocupaciones habituales, el asegurador le abonará la indemnización diaria pactada en las condiciones particulares de la póliza.
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